Incumplimiento de sentencia en Derecho de Familia: mecanismos de ejecución nacional e internacional

El reciente informe de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) revela datos preocupantes sobre el cumplimiento de sentencias en procedimientos familiares. El V Observatorio de Derecho de Familia destaca que el 30% de las sentencias emitidas no se cumplen.

Ejecución Forzosa:

La ley ofrece el mecanismo de ejecución forzosa para abordar los impagos. Este procedimiento es gestionado por el mismo juzgado que emitió la sentencia de familia, desde la presentación de la demanda de ejecución hasta la resolución final del juzgado.

Motivos de Oposición:

En el ámbito del Derecho de Familia, los motivos tasados de oposición según la LEC pueden resultar insuficientes. Los tribunales, en consecuencia, admiten la doctrina del enriquecimiento injusto. Además, es común solicitar la ampliación de la ejecución para subsiguientes impagos de pensiones de alimentos.

Gastos Extraordinarios:

El artículo 776.4º establece la necesidad de recurrir a la declaración de gasto extraordinario para reclamar este tipo de gasto en vía ejecutiva, cuando no esté expresamente incluido en la sentencia de divorcio o convenio regulador.

Aspectos Internacionales:

En el ámbito internacional, dos instrumentos clave son el Reglamento Europeo de Alimentos (Reglamento EU 4/2009), que permite la ejecución de sentencias de Estados Miembros de la UE en España sin exequátur previo, y el Convenio de la Haya de 2007 sobre alimentos. Este último establece la posibilidad de reclamar pensiones de alimentos impagadas cuando el acreedor reside en otro Estado parte del convenio mediante el sistema de Autoridades Centrales.

Más información en el artículo del Confilegal disponible en el siguiente enlace.

Autora: Andrea Fernández Grymierski

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