Quiero asesorarme

¿En qué momento se debe escuchar al menor en los procedimientos de sustracción internacional de menores?

Derecho de familia
¿En qué momento se debe escuchar al menor en los procedimientos de sustracción internacional de menores?

Publicado por Flora Calvo el 10 de septiembre de 2024

En el proceso de restitución de un menor, que es urgente y preferente, es preceptivo que sean oídas las partes: sustractor y progenitor que ha sufrido la sustracción y, en determinadas circunstancias, el menor.

Normas internas e internacionales en las que se verifica la necesidad de dar audiencia al menor

El Convenio de la Haya de 1980 indica que se podrá negar la restitución del menor si comprueba que este se opone a su restitución, siempre que el menor haya alcanzado una edad y grado de madurez en que resulta apropiado tener en cuenta sus opiniones.

Así mismo, el Reglamento UE 2012/1111 refuerza esto, indicando que los menores que tengan capacidad para formarse sus propios juicios deben tener la posibilidad real y efectiva de expresar libremente sus opiniones. Lo que no indica, al igual que en la anterior nombra citada, es la edad con la que el menor debería ser oído

La audiencia al menor en Derecho español

En España se establece que la edad para escuchar al menor es a partir de los doce años. Se establece que el juez “oirá separadamente al menor, a menos que la audiencia del mismo no se considere conveniente atendiendo a la edad o grado de madurez del mismo, lo que se hará constar en resolución motivada”.

¿Cuándo tiene el menor suficiente grado de madurez para opinar sobre su restitución?

En los casos de restitución de menores, la decisión que se va a tomar sobre el menor es de tanto calado, y va a tener tantísima trascendencia en su vida, que debe ser explorado por el juez siempre que se pueda, incluso aunque el menor sea muy pequeño.

Para leer el artículo completo, acceda a este enlace.


Flora Calvo es licenciada y doctora en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y diplomada en Derecho francés por la Universidad de París XI Jean Monnet Sceaux. En la actualidad, es profesora del área de Derecho internacional privado de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid asesora académica en Winkels Abogados.
Ver perfil de Linkedin