Con la nueva normativa sobre las personas con discapacidad se pretende respetar siempre la voluntad y deseos de esta, apoyando los apoyos a los necesarios según el perfil de la persona.
Sobre esta cuestión vamos a estudiar la STS n.º 767/2024 para saber si un discapacitado sometido a curatela puede pedir por sí mismo el divorcio.
Supuesto de hecho
Jorge, casado y con hijos, tiene la capacidad modificada mediante sentencia judicial. Su hija, Estefanía, fue nombrada su curadora; cuya autorización seria necesaria para la realización de actos jurídicos, económicos y mercantiles complejos.
Tras esto, Jorge decidió presentar demanda de divorcio sin la asistencia de su curadora. Su mujer se opuso a la demanda por la necesaria intervención de la curadora de su marido, pero el Juzgado de Primera Instancia estimó la demanda de divorcio presentada por Jorge.
Ya en apelación, el tribunal citó a Estefanía, la cual indicó que su padre le había dicho que no quería mantener la demanda de divorcio, aun así, el Tribunal confirmó la sentencia de primera instancia, ya que se cercioró de haber dado unos días a Jorge para confirmar su decisión de continuar el proceso.
Su mujer presentó recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación.
Decisión final de la sala
Se desestima el recurso de casación indicando que los apoyos sobre los actos jurídicos complejos que realice Jorge se refieren a aspectos patrimonio y no personal, como es la acción de divorcio.
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