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¿Cuál es la solución si ninguno de los cónyuges quiere adjudicarse el negocio familiar al liquidar gananciales?

Derecho Civil
¿Cuál es la solución si ninguno de los cónyuges quiere adjudicarse el negocio familiar al liquidar gananciales?

Publicado por Victoria López Barrio el 28 de septiembre de 2020

Nuestra compañera Victoria López Barrio nos responde a la pregunta formulada a través del análisis de una interesante sentencia de nuestro Tribunal Supremo.

Así pues, tenemos que tener en cuenta que, al proceder a la liquidación de la sociedad de gananciales entre los cónyuges el Código Civil establece unos criterios de adjudicación preferente a uno de los mismos en diferentes supuestos.

Supuesto de hecho: 

Activo sociedad de gananciales: una parcela + 46% (92 participaciones) de una sociedad llevada y gestionada por el ex marido y el hermano de este.

Controversia: Ninguno de los cónyuges quiere que se le adjudique el negocio familiar.

¿A quién le corresponde la adjudicación?

Esta adjudicación preferente es la que se examina en este artículo a la luz de la sentencia del Tribunal Supremo, Sala 11ª, de 28 de julio de 2020.

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Victoria López Barrio es licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y colegiada en el en Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.