La forma en la que se computan las donaciones hechas por los padres a los hijos en vida, cuando uno de los progenitores ha fallecido y se pretende liquidar y adjudicar su herencia entre los hijos o legitimarios, es una cuestión no exenta de problemas, que ha dado lugar a numerosos litigios.
Artículo de la abogada experta en sucesiones, Victoria López Barrio.