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Pareja de Hecho

La pareja de hecho, o unión de hecho, es la unión estable y afectiva de dos personas, con independencia de su orientación sexual, en una relación afectiva análoga a la conyugal.

Las parejas o uniones de hecho no tienen una regulación propia en el derecho estatal. Son las comunidades autónomas las que han abordado la materia en su legislación propia.

En las comunidades y ciudades autónomas donde no existe regulación específica de las parejas o uniones de hecho, lo que se prevé es la existencia de un registro y la posible inscripción en él de quienes quieran constituirse como tales. En esta cuestión, puede ayudar el abogado de una pareja de hecho.

La Unión Europea regula las parejas de hecho a través del Reglamento UE 2016/1104 del Consejo, de 24 de junio de 2016, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de efectos patrimoniales de las uniones registradas.

La pareja de hecho en Madrid se regula en la Ley 11/2001, de 19 de diciembre, de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid y en el Decreto 134/2002, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Uniones de Hecho en la Comunidad de Madrid.

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Pareja de hecho

¿Qué es una pareja de hecho?

Una pareja de hecho es la unión de dos personas de forma libre, pública y notoria, con plena capacidad jurídica de obrar, de carácter estable y público que, sin haber contraído matrimonio entre sí, desarrollan un modelo de vida que coincide con el que acostumbran a realizar los cónyuges.

En la mayoría de las Comunidades Autónomas se exige la previa convivencia de la pareja durante un tiempo determinado, estar empadronado y tener residencia en la Comunidad Autónoma en la que pretendamos registrar la pareja de hecho y, además, no estar incurso en las prohibiciones que la ley prevé (ser menor de edad no emancipado, estar casado, ser pariente en línea recta o colateral hasta el tercer grado, etc.).

En primer lugar, tenemos que pedir cita a través de un impreso o formulario para presentarlo con la documentación requerida.

A continuación, se inicia un expediente contradictorio ante el encargado del Registro Civil, en el que se precisa la presencia de dos testigos mayores de edad.

El día de la cita, la pareja acudirá con sus testigos, su D.N.I o pasaporte, finalizando el proceso con la inscripción y la certificación que emite el encargado del Registro de Uniones de Hecho.

La certificación acredita que se tienen todos los derechos y obligaciones que la Ley concede a las parejas de hecho inscritas.

Pareja de hecho

Abogados pareja de hecho

Cuando una pareja elige esta fórmula de convivencia, debe tener en cuenta que tiene unos efectos fundamentalmente patrimoniales.

Desde Winkels Abogados podemos ayudaros, redactando un documento en el que se recojan los pactos que regulen vuestras relaciones económicas. Nuestro equipo está formado por abogados expertos en Derecho de Familia y abogados expertos en pareja de hecho.

El Tribunal Supremo se ha pronunciado en varias sentencias en contra de equiparar los matrimonios con las parejas de hecho; por lo que, si no existe un acuerdo o un pacto en este sentido, tampoco se podrán aplicar los regímenes previstos para el matrimonio, pues cabe interpretar que si no se casan es porque no quieren aplicar las normas que rigen el patrimonio.

En este documento o pacto se pueden establecer las normas que hayan de regir la pareja durante la convivencia, pero también fijar las que corresponda aplicar en caso de ruptura.

En este último caso, se podrán acordar medidas económicas que regulen la liquidación de los bienes comunes de la pareja de hecho, pactos sobre los hijos (si existen hijos menores de edad habrá que homologar judicialmente el convenio regulador, siendo preceptiva la intervención del Ministerio Fiscal) y acuerdos sobre qué sucede con los animales de compañía tras la ruptura de la unión de hecho.

Una vez redactado el documento, es conveniente elevarlo a escritura pública para que surta plenos efectos, e inscribirlo en el registro de parejas de hecho que corresponda. En Winkels Abogados, además de redactar el acuerdo, te acompañaremos al notario para que lo puedas protocolizar.

Pareja de hecho

¿Cuáles son los requisitos para legalizar una pareja de hecho en Madrid?

Los requisitos que exige La Comunidad de Madrid para poder inscribirte en el RUHE (registro de uniones de hecho) son:

Ser mayor de edad o menor emancipado.

Estar empadronados en el mismo domicilio durante un período ininterrumpido de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de inscripción (los solicitantes deberán haber aportado previamente un certificado de empadronamiento conjunto que acredite esta situación) y, además, tener su residencia en la Comunidad de Madrid. Este requisito se exige tras la modificación de la Ley 11/2001, de 19 de diciembre, de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid, por la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid, con efectos a partir del 23 de marzo del 2023.

Estado civil: soltero, viudo, divorciado o separado judicialmente.

No estar unidos por vínculo de parentesco los miembros de la pareja (hasta tercer grado).

No formar unión de hecho con otra persona.

No estar inscrita la unión de hecho en el Registro de otra Comunidad Autónoma.

No estar afectado por una deficiencia o anomalía psíquica que no permita prestar consentimiento a la unión válidamente.

Pareja de hecho

¿Cómo hacerse pareja de hecho?

Las parejas de hecho no son equiparables al matrimonio. Para hacer oficial una unión de hecho hay que tener en cuenta la legislación del lugar de residencia de los miembros de dicha unión, cuyo vínculo debe ser real y no de conveniencia.

Existen dos maneras de formalizar las uniones de hecho:

  • Acudir al Registro de Parejas de Hecho de tu comunidad autónoma, previa solicitud de cita previa para realizar la inscripción de forma presencial, previa aportación de la documentación requerida.
  • O ante notario.

Los requisitos y la documentación necesaria son muy similares a los exigidos para formalizar un matrimonio.

Pareja de hecho

¿Cómo inscribirse en el registro de parejas de hecho de la Comunidad de Madrid?

Para inscribirte en el RUHE de la Comunidad de Madrid habrá que solicitar cita previa y aportar la siguiente documentación para presentarla junto al formulario de solicitud de cita (si se presenta una copia de la documentación en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro o por medios electrónicos, el día de la cita para inscribirte deberás aportar los originales para ser cotejados):

Justificante de pago de la tasa (modelo 030). Se presentará el día de la inscripción en el Registro de Uniones de Hecho, que habrá de haberse abonado de 2 a 7 días antes de la cita. A fecha de junio de 2024, la tasa de inscripción básica es de 82,12 €.

NIF o NIE, Pasaporte completo o Tarjeta de residencia (documentos que estén en vigor) de los solicitantes.

Certificación* del padrón municipal (expedido por el Ayuntamiento del término municipal donde residan). No se admitirán volantes. No será necesario su aportación si se autoriza su consulta en el modelo de solicitud. Para la acreditación de los doce meses de empadronamiento conjunto de los miembros de la unión serán válidos los certificados de Registros de Uniones de Hecho de cualquier Comunidad Autónoma o país perteneciente a la Unión Europea válidamente emitidos, así como, los certificados de empadronamiento en cualquier municipio español.

Autorización firmada para la consulta de datos personales y presentación de la solicitud. La autorización se rellenará solamente cuando la solicitud se presente por medio de un representante.

Acreditación de la emancipación (en el caso de menores de edad).

Certificado de estado civil.

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Preguntas frecuentas respecto a las uniones de hecho

Los efectos de su constitución son:
Efectos en las relaciones personales.- Las partes podrán establecer con libertad los pactos sobre las relaciones personales que han de regir entre ellos durante la convivencia, siempre que los mismos respeten los principios de libertad y de igualdad y no sean contrarios a la Ley, la moral o al orden público.
Efectos económicos.- Habrá que estar a los pactos entre las partes porque la jurisprudencia del Tribunal Supremo se ha mostrado contraria a aplicar a las uniones de hecho el régimen económico matrimonial.
En ocasiones, se considera que nos encontramos ante una comunidad de bienes y, en otras, ante una sociedad civil, siempre que sea evidente la voluntad (expresa o tácita) de los convivientes de formar un patrimonio común.

En el caso de la Comunidad de Madrid, las parejas de hecho disfrutan de una serie de derechos reconocidos por la normativa autonómica, aunque no son iguales que los derechos que se reconocen a las personas casadas. Por ejemplo:

  • Permisos laborales: paternidad y maternidad; accidente, muerte o enfermedad del cónyuge. Los 15 días de vacaciones por la inscripción en el registro solo se otorgarán a los funcionarios y a las personas que lo tengan reconocido en el convenio colectivo.
  • Pensión de viudedad en caso de fallecimiento de uno de los miembros de la pareja, con ciertas diferencias respecto a la reconocida al cónyuge viudo.
  • Hijos en común y adopción. En la Comunidad de Madrid gozan de los mismos derechos y obligaciones que las parejas casadas.

En los derechos y obligaciones de las uniones, de hecho es donde más diferencias encontramos con los matrimonios. A modo de ejemplo nos encontramos:

  • El derecho a heredar. A diferencia de los cónyuges en el matrimonio, los miembros de la pareja de hecho no son herederos forzosos. Por lo tanto, es muy importante que se haga testamento porque si no, no tendrán derecho a heredar. En Winkels Abogados disponemos de abogados expertos en herencias que puedan ayudarle a redactar un testamento que recoja su voluntad y planificar el reparto de su herencia.
  • El derecho a declarar conjuntamente en el IRPF. Aunque la unión de hecho produce los mismos derechos fiscales que el matrimonio, no se permite realizar la declaración conjunta del IRPF.
  • El derecho a permisos retribuidos. Las parejas de hecho no pueden disfrutar de muchos de los permisos laborales retribuidos que sí se conceden en caso de matrimonio (en caso de enfermedad grave, hospitalización, fallecimiento, etc.) porque se considera que no generan parentesco por afinidad.

Otro de los beneficios de hacerse pareja de hecho es que, en caso de fallecimiento de una de las partes de la unión, el otro miembro de la pareja puede obtener una pensión de viudedad si se cumplen los requisitos del artículo 221 de la Ley General de la Seguridad Social.

La duración de una pareja de hecho y el fin de la unión de hecho termina cuando se acaba la convivencia. Las comunidades autónomas contemplan, junto al trámite de constitución de las parejas de hecho, la extinción de las mismas.

Sin perjuicio de su regulación específica, en cada CCAA podemos señalar, con carácter general, las siguientes causas de extinción:

  • Unilateralmente, por voluntad de uno de los miembros, notificada al otro de forma fehaciente.
  • De mutuo acuerdo entre los miembros de la pareja.
  • Por muerte o declaración de fallecimiento.
  • Por la separación de hecho durante un tiempo determinado.
  • Por matrimonio de los integrantes entre ellos, o con una tercera persona.

Una vez acreditada la causa de disolución y a solicitud de las partes, se producirá la cancelación de la inscripción en el registro correspondiente.

La unión de la pareja de hecho formalizada en el registro correspondiente o ante notario es válida pero, a diferencia con el matrimonio, no conlleva ningún cambio en el estado civil, que seguirá siendo soltero o soltera.

Algunas de las diferencias más importantes con el matrimonio son:

  • No tienen ningún derecho a heredar.
  • No tienen ningún régimen económico.
  • No pueden hacer declaración conjunta en el IRPF.
  • No tienen determinados permisos laborales retribuidos, aunque sí pueden disfrutar de permisos de maternidad o paternidad.
  • No tienen derecho a pensión compensatoria ni a la indemnización reconocida en el artículo 1.438 del Código Civil en caso de separación, nulidad o divorcio.

Es importante destacar que los hijos nacidos dentro del matrimonio y los nacidos en una unión de hechos tienen los mismos derechos.

Las consecuencias de legalizar una pareja de hecho es regular una situación de hecho de dos personas que deciden formalizar su vida en común, a través de la cual se regulan una serie de derechos y obligaciones de los miembros de la unión.

Actualmente, hay muchas personas que deciden no casarse. Y no solo jóvenes, sino personas mayores que deciden convivir como pareja de hecho, a largo plazo, para no perder su derecho a pensión de viudedad.

La inscripción como pareja de hecho tiene efectos fundamentalmente patrimoniales, adquiriendo los bienes en régimen de comunidad, al no disponer de régimen económico que regule las uniones de hecho.