La modificación de medidas es una acción judicial que permite revisar y cambiar las condiciones establecidas en una sentencia de separación, divorcio o medidas paternofiliales.
Concretamente, el artículo 90 del Código Civil penúltimo párrafo establece que las medidas que el Juez adopte en defecto de acuerdo, o las convenidas por los cónyuges, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio cuando se alteren sustancialmente las circunstancias.
Este procedimiento se basa en el principio de que las circunstancias personales y económicas de las partes pueden variar con el tiempo, haciendo necesario un ajuste de las medidas previamente acordadas para adecuarlas a la nueva realidad.
Las modificaciones pueden solicitarse en diferentes ámbitos, como la custodia de los hijos, la pensión de alimentos, el régimen de visitas y el uso de la vivienda común. Para que el juez apruebe la modificación, es imprescindible demostrar un cambio sustancial en las circunstancias originales que motivaron la sentencia inicial. Estos cambios pueden incluir variaciones en los ingresos de uno de los progenitores, el nacimiento de nuevos hijos, cambios en las necesidades de los menores, o modificaciones en la situación laboral o de salud de alguno de los implicados.
El procedimiento se inicia con la presentación de una demanda de modificación, respaldada por pruebas que justifiquen el cambio solicitado. Este proceso puede ser complejo, por lo que es recomendable contar con abogados especializados en modificación de medidas que aseguren una correcta presentación del caso y maximicen las posibilidades de éxito. En resumen, la modificación de medidas es un recurso legal vital para adaptar las decisiones judiciales a las cambiantes circunstancias de la vida familiar y garantizar el bienestar de todas las partes implicadas.