El régimen de guarda y custodia y derechos de visitas internacionales de los hijos es un régimen especial, diferente al régimen de guarda y custodia y derechos de visita dentro de España.
Las especialidades se encuentran en la distancia en la que viven los progenitores del menor. Si los progenitores, el que tiene la custodia del hijo y el que no la tiene, viven en una misma ciudad en España, las visitas se llevarán a cabo normalmente entre semana y un fin de semana de cada dos. Si uno de los progenitores, en cambio, vive en un país extranjero, las visitas tendrán que desarrollarse entre los padres, en España o en el extranjero de diferente manera.
Así, por ejemplo, dentro de la Unión Europea, el padre no custodio podrá visitar más frecuentemente a su hijo, en España o en otro país comunitario, cada quince días o un fin de semana al mes. Si la distancia entre los domicilios de los padres es mayor desde España, entonces las visitas internacionales, se concentrarán, pudiendo gozar el padre que no tiene la custodia de un mayor número de días de vacaciones durante los periodos no lectivos y preferentemente durante el periodo estival.