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Procedimiento Filiación Internacional

Abogados especialistas en procedimientos de filiación internacional

No están regulados en ningún Reglamento comunitario y no existen convenios internacionales específicos que aborden de manera integral la competencia judicial internacional o la ley aplicable en este ámbito. En lo que respecta al reconocimiento de resoluciones civiles y mercantiles, España cuenta con diversos convenios bilaterales que incluyen las resoluciones de filiación. Estos convenios facilitan el reconocimiento y la ejecución de decisiones judiciales extranjeras en España, asegurando que las resoluciones sobre filiación adoptadas en otros países puedan ser reconocidas y aplicadas dentro del territorio español.

No obstante, aparte de estos convenios bilaterales de reconocimiento, la materia de filiación internacional está regulada en España principalmente por normas de fuente interna. Esto significa que, en ausencia de un marco normativo comunitario o internacional específico, España se basa en su legislación nacional para abordar las cuestiones relacionadas con la filiación internacional. Este enfoque puede implicar la aplicación de diferentes principios legales y procedimientos dependiendo del caso específico, lo que añade una capa de complejidad adicional a la resolución de estas situaciones. Por lo tanto, las parejas y familias que se enfrentan a cuestiones de filiación internacional deben navegar tanto por las normas internas como por los convenios bilaterales aplicables para asegurar el reconocimiento de sus derechos y relaciones familiares.

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¿Cuándo son competentes los Tribunales españoles para tramitar la acción de filiación con elementos internacionales? ¿Cuáles son los requisitos?

En una demanda de filiación con elementos internacionales (nacionalidad de padre o hijo diferente a la española o residentes en distintos países) que se interponga en España, habría que determinar si los Tribunales españoles tienen competencia judicial internacional para conocer del asunto. Para ello, habrá que acudir al artículo 22 quáter d) de la LOPJ. En este precepto se indica que los Tribunales españoles serán competentes cuando:

  • Hijo o menor tenga su residencia habitual en España al tiempo de la interposición de la demanda; o
  • Cuando el demandante sea español o resida habitualmente en España o, en todo caso, al menos desde 6 meses antes de la presentación de la demanda.

En España, a diferencia de lo que ocurre en otros países en los que existen límites temporales, el derecho a la determinación de la filiación le corresponde al hijo durante toda su vida, por ello un extranjero que tiene su residencia en España y quiere reclamar la filiación a su presunto padre con residencia en el extranjero, puede interponer la demanda en España.

¿Cuál es la ley aplicable en los casos en un caso de filiación internacional?

Siendo competentes los tribunales españoles en materia de filiación, la ley aplicable se determina por la norma de conflicto contenida en el artículo 9.4 CC, que indica que esta ley será:

  • La de la residencia habitual del hijo en el momento del establecimiento de la filiación;
  • A falta de residencia habitual del hijo, o si esta ley no permite el establecimiento de la filiación, la ley nacional del hijo en ese momento;
  • Si esta ley no permite el establecimiento de la filiación o si el hijo carece de residencia habitual y de nacionalidad, se aplica la ley sustantiva española.

Una vez averiguada la ley aplicable, esta regulará la acreditación que necesitas, el plazo, la prescripción, etc.

Es importante tener en cuenta que, si el hijo tiene su residencia habitual en España al tiempo de interponer la demanda de filiación, la ley aplicable es la española, que es una ley muy favorable al establecimiento de la filiación biológica.

¿Qué sucede si la sentencia de filiación se dictó en un país extranjero? ¿Cómo se reconocería en España?

En primer lugar, habría que determinar si existe algún convenio bilateral de reconocimiento aplicable (por ejemplo, el Convenio bilateral de reconocimiento con Suiza). En el resto de los casos, el reconocimiento se podrá obtener si la sentencia extranjera cumple los requisitos establecidos por esta ley (arts. 41 y ss) para poder ser reconocida.

En Winkels Abogados tramitamos tanto demandas de filiación como demandas que pretenden la impugnación de una filiación (acciones que, en ocasiones se tramitan simultáneamente). Igualmente nos ocupamos del exequátur de sentencias extranjeras de filiación. Nuestros abogados expertos pueden informarle de los pasos a seguir en el caso de que quieran determinar o impugnar una filiación, tanto interna como internacional, al igual que si desea obtener el reconocimiento de una sentencia de filiación dictada en el extranjero.