En un comunicado emitido el dÃa 24 de enero, Don Iñaki UrgandarÃn y la Infanta Cristina han anunciado la “interrupción de su relación matrimonialâ€. Desde el máximo respeto a su decisión, y por supuesto a su derecho a la intimidad, las letradas Isabel Winkels y Flora Calvo han redactado una columna en la cual describen de manera técnica que si llegara a materializarse el divorcio, tendrÃa una componente internacional que les obligarÃa a adaptar su regulación a normas, reglamentos y convenios internacionales, dado que al tener ambos cónyuges su residencia en dos paÃses distintos se produce la “dispersión del procedimiento†de divorcio.
AsÃ, la ley aplicable a las distintas materias debe ser identificada de manera individualizada:
- la del propio divorcio en sÃ
- la de las medidas sobre la hija menor de edad
- la del régimen económico matrimonial
- la de los alimentos
Igualmente, por otros instrumentos internacionales distintos, habrÃa que determinar qué tribunales pudieran tener competencia para cada una de las materias mencionadas.
En la columna, la socia directora de Winkels Abogados, y la colaboradora académica, reiteran su posición mantenida en tantos foros sobre la necesidad de celebrar acuerdos prematrimoniales con carácter general en todos los supuestos, pero especialmente, en aquellos casos donde uno de los miembros es extranjero, o se planifica un traslado de la unidad familiar a otro paÃs. Además de dejar perfectamente definido cuál va a ser el régimen económico que va a regular el matrimonio (como seguro que existe en el matrimonio entre UrgandarÃn y la Infanta Cristina), es conveniente acordar cuál va a ser la ley aplicable a nuestro matrimonio, y pactos en previsión de ruptura, como el establecimiento o renuncia a pensiones compensatorias. En este caso, resulta determinante ir modificando estos acuerdos según evoluciona la vida; si nos trasladamos a otro paÃs, uno de ellos se ve impedido para desarrollar su carrera profesional en beneficio del trabajo del otro, lo que constituyen circunstancias que no dejan de ser estresores de la convivencia, y que por el contrario generan tranquilidad a todos si han sido adecuadamente previstos. Un ejemplo claro es el de los miembros del cuerpo diplomático.
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