Extinción proindiviso

¿Qué es la extinción del proindiviso?

Antes de nada, es importante entender en qué consiste la extinción de condominio o pro indiviso. Se trata de un concepto jurídico relativo al derecho de propiedad sobre un bien, que implica que una persona tiene el derecho de propiedad sobre dicho bien solo de forma parcial, compartiendo la propiedad con otras personas. Los bienes gananciales adquiridos durante el matrimonio, por ejemplo, una vez que comienza el proceso de divorcio, son objeto de la extinción de condominio o proindiviso.

¿Cuántos tipos de extinción pro indiviso hay?

Podemos diferenciar dos tipos diferentes de extinción proindiviso según la cosa común sea un bien divisible o un bien indivisible.

  • En un primer lugar, si se tratase de un bien divisible, la extinción consistiría en un reparto equitativo entre los copropietarios de la cosa común. Para ilustrarlo en un ejemplo, recurrimos al dinero incluido en un depósito bancario. En este tipo de casos, lo más sencillo es repartir el dinero entre los copropietarios dependiendo de la cuota de participación que ostente cada uno. Consecuentemente, la ley establece que, si un bien común se puede dividir sin perder su valor, el proindiviso también se podrá dividir. Asimismo, los lotes de bienes de valor semejante suponen un caso semejante al del depósito bancario.
  • En un segundo lugar, si hablamos del bien indivisible, este se define como aquel que, si se procediera a su partición, perdería su valor. En este tipo de extinción de condominio, lo más común es encontrarnos ante bienes en copropiedad en escenarios de herencias, separaciones y divorcios. Véase una extinción proindiviso de la segunda residencia del matrimonio.

En este tipo de supuestos, es recomendable vender el bien a un tercero o que uno de los copropietarios compre la parte al otro. Si no se establece acuerdo entre los copropietarios, se puede proceder a una subasta del bien. Estas acciones se detallarán posteriormente.

¿Quién puede realizar la división proindiviso?

Serán los copropietarios de la cosa común los que puedan provocar la extinción del condominio. Este es un derecho inalienable del que pueden derivar situaciones como las que posteriormente se explicarán.

¿Cuáles son las causas que provocan su extinción?

El pro indiviso, además de las causas generales de la extinción del dominio, se puede disolver por las siguientes causas:

  • Consolidación. Esto ocurre cuando un copropietario quiere poner fin a la propiedad conjunta mediante la recompra de partes de la propiedad que pertenece al resto de copropietarios. También puede darse que un tercero se haga con toda la participación y adquiera la plena propiedad de la antigua cosa común. De esta manera, lo antes dividido en manos de diferentes comuneros, ahora, será tan solo propiedad de aquel que haya satisfecho todas las cuotas o posea todos los porcentajes de la cosa común.
  • Renuncia de los comuneros a la cosa común. En este caso, cualquier copropietario puede decidir prescindir de su participación en la cosa común. Ningún copropietario podrá impedir que esto suceda. De esta manera, bien podrá transferirla a un tercero o a alguno de los demás copropietarios si están interesados.
  • División de la cosa común. En el caso de que el bien sea divisible, se procederá a su reparto en función del porcentaje de las cuotas que posea cada copropietario. No obstante, en el caso de que sea indivisible, habrá de proceder mediante acuerdo o mediante vía judicial. Posteriormente, se ahondará en estos medios.  

¿Ante qué tribunales se podrá extinguir el condominio? ¿quién tiene la competencia?

En cuanto a la competencia,  podemos diferenciar dos supuestos:

  • Si el proindiviso es consecuencia de la existencia de una sociedad de gananciales subsistente tras el divorcio, la liquidación de la sociedad de gananciales se tramitará ante el mismo juzgado que dictó la sentencia de divorcio. Los cónyuges podrán instar el procedimiento mediante el cual se divida el inmueble o bien indivisible que ostenten en copropiedad.
  • Si el proindiviso ha surgido como consecuencia del régimen de separación de bienes durante el matrimonio, habrá dos opciones. Se aplicará la norma general de competencia si son bienes gananciales, más si se trata de reclamaciones de cantidad, habrá que acudir a los Tribunales del domicilio del demandado.

¿Cuáles son los medios de proceder a la extinción?

La extinción puede lograrse por medio de un acuerdo o por vía judicial.

  • Extinción mediante acuerdo: la extinción mediante acuerdo puede consistir en la reasignación del bien por cuotas si es indivisible, en la adjudicación a uno de los copropietarios compensando económicamente a los demás o  en la venta a un tercero de la totalidad de la propiedad. Por otra parte, si el bien es divisible, se procederá a su división equitativa.
  • Extinción por vía judicial: si hay imposibilidad de extinguir el proindiviso de manera voluntaria, se puede poner fin mediante un procedimiento judicial. Dependiendo del tipo de proindiviso es necesario tramitar un procedimiento de liquidación de régimen económico matrimonial o un procedimiento de división judicial de herencias o un procedimiento de división de cosa común dependen de cuál fue el origen de la situación de proindiviso. Si el bien es divisible se procederá a  su división. Si es indivisible, se venderá en su totalidad y se obtendrá un precio mediante subasta judicial. Esto debe analizarlo un abogado acorde a las disposiciones de la LEC.

¿Cuáles son las consecuencias de la extinción proindiviso?

Las partes afectadas, tendrán que tener en cuenta:

  • Referente a los tributos, es importante recordar que extinguir un proindiviso tributa por AJD (tributo impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados). Si se vende a un tercero, tendrá que tributar por ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales).
  • Por otra parte, en cuanto a los propietarios o terceros, todo dependerá del tipo de acuerdo al que se haya llegado. Es recomendable que un especialista analice el acuerdo, así como lo estipulado del uso y disfrute del proindiviso.
  • En lo que afecta a los bienes gananciales, hay que tener en cuenta que en un matrimonio donde haya habido hijos, la extinción del condominio no afectará en el derecho de uso y disfrute de los menores y el progenitor custodio.

Gracias a nuestra especialización en casos de divorcios y separaciones, habitualmente ligadas la extinción de proindiviso, en Winkels Abogados podemos asesorarle para garantizarle un proceso ventajoso.

Abogados especialistas en
Extinción proindiviso

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