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¿Qué derechos tienen los abuelos en casos de conflicto familiar?

Derecho de familia
¿Qué derechos tienen los abuelos en casos de conflicto familiar?

Publicado por Carmen Caro el 20 de junio de 2025

Los abuelos desempeñan un papel esencial en la vida emocional y afectiva de sus nietos. Sin embargo, en contextos de conflicto familiar, como separaciones o divorcios, puede surgir la pregunta: ¿qué derechos tienen legalmente los abuelos en España?

Marco legal: visitas y custodia

El artículo 160 del Código Civil reconoce expresamente que “no podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor con sus abuelos y otros parientes”. El interés superior del menor es el criterio que guía cualquier decisión judicial al respecto.

En situaciones excepcionales, los abuelos incluso pueden solicitar la custodia si los progenitores están incapacitados o no pueden ejercer adecuadamente su responsabilidad parental. No obstante, lo más habitual es que reclamen un régimen de visitas para mantener el vínculo afectivo.

¿Cuándo pueden solicitar visitas?

Los abuelos pueden acudir al juzgado para pedir un régimen de visitas, aportando pruebas de que esa relación es positiva para el menor. Los tribunales valoran factores como:

  • Existencia de un vínculo afectivo previo.
  • Relación familiar y contexto actual.
  • Impacto de las visitas en el bienestar del menor.

¿Cuándo se puede denegar?

Los tribunales pueden rechazar la solicitud de visitas si:

  • No existe una relación previa o el vínculo se ha perdido.
  • Hay conflictos graves entre abuelos y progenitores.
  • Los abuelos intentan asumir un rol parental.
  • Ya mantienen contacto suficiente durante las visitas del progenitor.
  • Existen informes que alertan de posibles riesgos para el menor.

La Sentencia del Tribunal Supremo 918/2024, por ejemplo, rechazó fijar un régimen específico de visitas a una abuela que ya convivía con su nieto durante las visitas del padre.

Requisitos y procedimiento

Para iniciar el proceso, los abuelos deben presentar una demanda judicial, siendo los demandados han de ser tanto el padre como la madre del menor, incluyendo:

  • Certificado de nacimiento del menor.
  • Pruebas del vínculo afectivo (fotografías, mensajes, testimonios).
  • Documentos que acrediten su idoneidad (estado de salud, vivienda, entorno estable).

La ley española protege los lazos entre abuelos y nietos, pero siempre desde el prisma del interés del menor. Ni la custodia ni el régimen de visitas son derechos automáticos, y los tribunales estudian cada caso de forma individual.


Carmen Caro Romero es una profesional del derecho con una sólida formación académica. Obtuvo su Grado en Derecho por la Universidad de Sevilla. Posteriormente, completó su formación con un Máster de Acceso a la Abogacía en la Universidad de Nebrija y un Máster en Mediación Civil y Mercantil en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. Actualmente, ejerce como abogada colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM).
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